Ricardo Lona, partícipe del terrorismo de Estado
Por Elena Corvalan
En 2019 fue condenado a 15 años de prisión por el homicidio del ex gobernador Ragone. En mayo fue beneficiado por un tribunal superior. Nunca fue juzgado por su participación en la Masacre de Palomitas y delitos cometidos en perjuicio de otras 78 personas. Nunca estuvo preso.
A la edad de 86 años el ex juez Ricardo Lona, «Dicky» para amigos y amigas, falleció ayer en la ciudad de Salta. Figura emblemática del engranaje del terrorismo estatal durante la última dictadura cívico militar, el ex magistrado pasó sus últimos años en prisión preventiva, dictada siempre con la modalidad domiciliaria, acusado por delitos de lesa humanidad en tres causas judiciales.
«Se fue condenado como criminal de Lesa Humanidad», lo despidió ayer HIJOS Salta, que lo llamó «juez muerte». La organización destacó que, a pesar de que fue condenado en septiembre de 2019, mantuvo siempre el beneficio de la prisión domiciliaria. «La injusticia amiga acudió en su rescate para que no sea efectivo el castigo», afirmó.
Insistentemente señalado por su participación en los terribles crímenes cometidos por el terrorismo estatal, cuando ese señalamiento avanzó en imputaciones formales, Lona hizo lo que todos los represores: recurrir a la estrategia de la dilación, sabiendo que el tiempo juega del lado de la impunidad.
Se valió de sus conocimientos de los vericuetos procesales, de sus amistades en la Justicia Federal, de los favores que le debían, para esquivar por años las citaciones a prestar declaración indagatoria, primero en calidad de partícipe de la Masacre de Palomitas (la matanza de 11 detenidos políticos), luego por no haber investigado el secuestro y desaparición del ex gobernador MIguel Ragone y después, por haber desoído habeas corpus y denuncias de desapariciones y torturas realizadas por presos politicos y familiares, la causa conocida como «627», que reúne a 78 víctimas.
De esas causas, la de Ragone logró avanzar y en septiembre de 2019 el ex juez fue condenado a 15 años de prisión en calidad de partícipe secundario del homicidio, cometido en marzo de 1976 en la ciudad de Salta; también fue condenado por encubrimiento y prevaricato. Pero en mayo último obtuvo un fallo amigable de los camaristas Carlos Mahiques y Guillermo Yacobucci, de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, anuló la condena como participe homicidio ysolo ratificó la condena por los otros dos delitos. El expediente fue devuelto al Tribinal Oral en lo Federal 2 de Salta para que fijara una nueva pena. Pero, como ocurre cada vez más con el lento andar de la justicia en lo que respecta a los crímenes de la dictadura, el criminal se les murió antes.
Las otras dos causas no llegaron a la instancia del juicio, aunque estaban en gateras, ya próximas. A manera de muestra de esa estrategia de la dilación que los represores asumen y gran parte de los operadores del Poder Judicial Federal aceptan, van estos detalles del trámite de la causa Palomitas. La matanza fue el 6 de julio de 1976, hace hoy casi 45 años. Lona fue citado a indagatoria por primera en marzo de 2005, 28 años y meses después del hecho, pero el acto fue suspendido por planteos del ex juez y recién se llevó a cabo más de dos años después, en julio de 2007.
Sin embargo, esto no concluyó ahí. En noviembre de 2007 Lona fue procesado por «incumplimiento de los deberes del funcionario público”, por haber omitido investigar la matanza, decisión que fue apelada por la fiscalía, las querellas y la defensa, La Cámara Federal de Apelaciones de Salta se tomó casi un año y sobreseyó al ex juez en agosto de 2008. La resolución fue impugnada y la causa terminó en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que recién en septiembre de 2012 revocó el sobreseimiento y le ordenó a la Cámara salteña dictar un nuevo pronunciamiento.
La Cámara de Apelaciones, integrada por Roberto Loutaif Ranea, Jorge Villada y Renato Rabbi Baldi Cabanillas, empezó entonces su propio juego de dilación, como aseguró en su momento la fiscalía. Más de un mes después del fallo de la Corte Suprema remitió el expediente al juzgado de primera instancia pero sin haber cumplido la orden de dictar una nueva resolución. El fiscal federal Horacio Azzolín tuvo que recordarles que debían dictar el fallo ordenado por el máximo tribunal. La Cámara se tomó entonces 7 meses para acatar la orden, que ya salió en 2013.
El señor del basurero
Ricardo Lona hizo toda su carrera dentro de los tribunales federales de Salta, a los que ingresó en 1968, al año siguiente de haber obtenido el título de abogado. Empezó con el cargo de secretario de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, donde se mantuvo hasta 1974, año en el que ascendió a defensor oficial federal. En 1975 dejó la defensa para alcanzar el codiciado cargo de juez federal de Salta, en el que se mantuvo hasta 1993.
Asumió en la magistratura en noviembre de 1975 y fue el único juez federal en la provincia durante los años de la dictadura. En 1984, ya en democracia, fue ratificado en el cargo por el Senado de la Nación, hasta 1993.
Ex presos y presas políticas, familiares y militantes vienen dando cuenta de su participación, por omisión o por acción, en el plan sistemático de eliminación de personas llevado a cabo por la dictadura y sus personeros, militares y civiles. El entonces juez nada hacía frente a las detenciones ilegales, las torturas, las desapariciones, reseñan los y las sobrevivientes y sus familiares. También sostienen que en otras ocasiones fue partícipe, como ocurrió en Palomitas.
Un par de muestras. En agosto de 2012 Doly Mabel «Coca» Perini de Gallardo (f) ratificó ante el tribunal de la conocida como Megacausa Salta lo que había denunciado siempre sobre «Dicky» Lona, a quien conocía socialmente. Tratando de dar con el paradero de su marido, Ramón Gerardo «Chicho» Gallardo, secuestrado el 5 de agosto de 1976, presentó habeas corpus en el Juzgado Federal. “Cuando yo llegaba a Dicky Lona, él agarraba el recurso, me miraba así (de costado) y en mi cara o tiraba en el canasto de papeles”, contó. Dijo que esto le pasó “dos o tres veces”, cada vez que presentó recursos de hábeas corpus por su marido desaparecido.
El militante de la JP Víctor Hugo Elías, que fue detenido en 1975, aseguró hasta su fallecimiento que fue torturado «con la anuencia» de Lona. Elías sostuvo que en cuanto tuvo oportunidad denunció las torturas en el Juzgado Federal, el mismo año en que fue detenido, pero el magistrado no investigó. Es más, contó que en una sesión de tortura uno de los represores le dijo que «si quería hacer una exposición el juez estaba afuera», y recordó que en la Policía Federal a Lona le decían “el sheriff”.
La estrategia de la obstrucción
En marzo de 2021, después de muchas idas y venidas, Lona fue procesado en la Causa 627 por crímenes de lesa humanidad cometidos en perjuicio de 78 personas.
En el procesamiento el juez federal Esteban Eduardo Hansen, que intervino en esta causa como subrogante, dedicó unas consideraciones a los recurrentes planteos de la defensa del ex juez Lona. Recordó que «Luego de años de trámite y numerosos cuestionamientos», finalmente Lona prestó declaración indagatoria el 6 de agosto de 2020, cuando presentó «un descargo parcial» y pidió ver el expediente para poder ejercer su derecho de defensa, «sin haberlo hecho efectiva al día de la fecha».
«Se han extremado los recaudos para garantizar el ejercicio efectivo del derecho de defensa del imputado», añadió el juez Hansen. Y ratificó: «Ha sido éste (el acusado Lona) quien adoptó como estrategia la dilación indefinida del proceso mediante la dilación de su indagatoria». A tal punto que «podría inferirse que Ricardo Lona ha desplegado una estrategia defensiva orientada sustancialmente a obstruir el progreso del proceso».
En ese procesamiento Hansen le atribuyó a Lona «haber participado en los hechos cometidos por miembros de las fuerzas de seguridad afectados a la lucha contra la subversión entre los años 1976 y 1983». Esa participación consistió, dijo, en facilitar la impunidad «dando con ello continuidad al plan represivo instaurado por el gobierno de facto».
Fuente: Salta 12/Página 12