Para garantizar que el cupo se cumpla habrá reservas de puestos de trabajo que deberán ser ocupados exclusivamente por personas travestis, transexuales o transgénero. Se creará un registro voluntario.
En una decisión histórica, a través del decreto 721/2020 firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y la ministra de de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, se estableció que el sector público deberá contar con un 1 por ciento de representación trans, travesti y transgénero.
«Establécese que, en el Sector Público Nacional los cargos de personal deberán ser ocupados en una proporción no inferior al uno por ciento de la totalidad de los mismos por personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo», se apunta en el Decreto publicado este viernes. Para garantizar que el cupo se cumpla «se deberán establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por personas travestis, transexuales o transgénero»
Según se precisa, la medida abarca a las personas travestis, transexuales y transgénero, hayan o no efectuado la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen. Ellas tendrán derechos a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo, sin discriminación por motivos de identidad de género o su expresión.
«Toda persona travesti, transexual o transgénero tiene derecho al trabajo digno y productivo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo, sin discriminación por motivos de identidad de género o su expresión, por lo que no podrán establecerse requisitos de empleabilidad que obstruyan el ejercicio de estos derechos», se indica en el texto oficial.
Además, se destaca en el Decreto que «si las personas aspirantes a los puestos de trabajo no completaron su educación se permitirá su ingreso con la condición de cursar el o los niveles educativos faltantes y finalizarlos».