El constitucionalista presentó una acción declarativa de inconstitucionalidad contra el decreto 467/2026, al considerar que elimina mecanismos de participación ciudadana y criterios de diversidad en la designación de los integrantes de la Corte Suprema de Justicia.
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez cuestionó la decisión del presidente Javier Milei de derogar el decreto 222/2003, una norma que regulaba el procedimiento para la selección de candidatos a integrar la Corte Suprema de Justicia de la Nación e incorporaba instancias de participación ciudadana.
A través de un video difundido en sus redes sociales, el jurista explicó que el decreto firmado durante la presidencia de Néstor Kirchner establecía un mecanismo de consulta pública que permitía a ciudadanos, organizaciones no gubernamentales, colegios profesionales, asociaciones y academias presentar observaciones o respaldos respecto de los postulantes propuestos por el Poder Ejecutivo.
Según sostuvo, esa normativa también promovía que, en la medida de lo posible, la integración del máximo tribunal respetara criterios de diversidad de género, especialidad jurídica y representación federal.
Gil Domínguez afirmó que la derogación de ese régimen, mediante el decreto 467/2026, elimina esas instancias de participación y los criterios destinados a garantizar una integración más plural de la Corte Suprema.
En ese marco, informó que presentó una acción declarativa de inconstitucionalidad ante el fuero Contencioso Administrativo Federal para impugnar la medida. A su entender, la nueva normativa representa un retroceso respecto de los derechos y garantías que contemplaba el decreto de 2003.
El constitucionalista aseguró que la decisión del Gobierno nacional restringe la participación ciudadana en el proceso de designación de jueces y calificó la medida como «regresiva» desde el punto de vista institucional. Además, sostuvo que constituye «un acto más autócrata del gobierno de Javier Milei», al considerar que reduce los mecanismos de control y participación previstos en el procedimiento de selección de los integrantes del máximo tribunal.






