En sólo 27 fojas, el máximo tribunal desechó su candidatura sin tratar el fondo del recurso. Denuncian maniobras internas y presiones políticas.

En una resolución de apenas 27 páginas, la Corte Suprema de Justicia de la Nación inhabilitó a Cristina Fernández de Kirchner para presentarse como candidata en la tercera sección electoral de la provincia de Buenos Aires. La decisión fue tomada por los tres jueces del máximo tribunal, sin tratar el fondo del recurso extraordinario presentado por su defensa.

La medida reaviva la denuncia de la exmandataria, quien en 2022 había advertido: “La condena ya está escrita. Me quieren presa o muerta”. La sentencia fue dictada por el Tribunal Oral Federal N°2, respaldada por la Cámara de Casación en un fallo de más de 1.500 fojas. Ahora, la Corte exige que el recurso no supere las 40 páginas, con letra “claramente legible”, sin valorar la complejidad técnica del caso.

La justicia provincial había sobreseído a todos los imputados en una causa conexa, señalando que no hubo delito. Sin embargo, la Corte decidió ignorar ese antecedente y avanzar, validando una condena que no menciona a Cristina Fernández en ningún hecho directo.

En paralelo, se conoció que la Corte recibió un informe reservado del secretario penal Diego Seitún, designado recientemente por el presidente del tribunal, Horacio Rosatti. Según el periodista Franco Mizrahi, el documento podría haber sido redactado fuera del ámbito judicial, en estudios jurídicos vinculados al nuevo funcionario, lo que refuerza las sospechas de parcialidad.

El fallo también desestima la proximidad de los jueces de la causa con el denunciante, el expresidente Mauricio Macri, y califica esos vínculos como “meras conjeturas”.

Desde sectores jurídicos críticos, como el constitucionalista Roberto Gargarella —hoy columnista en Clarín y La Nación—, se cuestiona que el Poder Judicial haya asumido el rol de freno a la voluntad popular: “Los jueces terminan, silenciosamente, tomando el lugar que debería ocupar la voluntad popular”, había escrito años atrás.

A pesar de los cuestionamientos y la falta de fundamentos sólidos, el fallo avanza en una dirección clara: impedir la participación electoral de una figura clave de la política argentina. Para muchos, se trata de una nueva forma de proscripción, sin necesidad de proscribir formalmente.

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