El organismo dio de baja una serie de especialidades medicinales cuyos titulares no habían iniciado el trámite obligatorio de renovación. La decisión alcanza únicamente a los productos incluidos en la Disposición 5866/2026.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la cancelación de certificados de especialidades medicinales que se encontraban vencidos y no habían sido reinscriptos.
La medida fue establecida mediante la Disposición 5866/2026, publicada este miércoles 23 de septiembre en el Boletín Oficial.
Según informó el organismo, las autorizaciones para elaborar y comercializar especialidades medicinales tienen una vigencia de cinco años. Para mantenerlas activas, sus titulares deben iniciar el trámite de renovación dentro de los 30 días previos a su vencimiento.
En los casos alcanzados por la disposición, ese procedimiento no había sido iniciado pese a que los certificados ya estaban vencidos. Por ese motivo, ANMAT resolvió cancelar las correspondientes inscripciones en el Registro de Especialidades Medicinales.
El organismo aclaró que la decisión no implica una prohibición general de los medicamentos pertenecientes a los laboratorios involucrados, sino que se limita exclusivamente a los productos identificados en el anexo de la Disposición 5866/2026.






