La nueva reglamentación establece los instrumentos habilitados, límites de inversión y un piso mínimo de liquidez para los fondos destinados a afrontar prestaciones laborales. La administración estará a cargo de entidades habilitadas por la Comisión Nacional de Valores.

El Gobierno nacional estableció nuevas reglas para el funcionamiento de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) y definió cómo podrán invertirse los recursos aportados por los empleadores para afrontar las prestaciones previstas por el sistema.

La medida fue oficializada mediante la Resolución 1276/2026 del Ministerio de Economía, publicada en el Boletín Oficial. El objetivo, según establece la normativa, es preservar el valor de los fondos y garantizar que exista liquidez suficiente para responder a los pagos.

Los FAL, creados en el marco de la reforma laboral y reglamentados posteriormente por el Decreto 408/2026, serán administrados por entidades habilitadas por la Comisión Nacional de Valores (CNV) a través de Fondos Comunes de Inversión o Fideicomisos Financieros constituidos en el país.

Entre las inversiones permitidas se encuentran títulos de deuda del Estado nacional, bonos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires, depósitos bancarios y obligaciones negociables de empresas privadas. Los instrumentos deberán estar integrados y ser pagaderos en pesos.

Para reducir riesgos, Economía también estableció límites. La deuda provincial podrá representar hasta el 15% del patrimonio, con un máximo del 5% por jurisdicción, mientras que las obligaciones negociables privadas tendrán un tope del 20% de la cartera. Los depósitos en una misma entidad financiera no podrán superar el 15%.

Uno de los principales requisitos será mantener disponible al menos el 10% del patrimonio en activos de alta liquidez y bajo riesgo, como depósitos a la vista, plazos fijos de corto plazo y determinadas Letras del Tesoro. Si ese porcentaje disminuye como consecuencia del pago de prestaciones, las administradoras tendrán 90 días para recomponerlo.

La resolución también busca evitar conflictos de interés y prohíbe que las administradoras coloquen los recursos en instrumentos emitidos por ellas mismas o por empresas vinculadas, salvo excepciones operativas.

Ahora será la CNV la encargada de completar el esquema. El organismo tendrá un plazo de 45 días desde la entrada en vigencia de la resolución para dictar las normas complementarias necesarias para implementar el nuevo régimen.

Entrada Relacionadas